El juez decreta internamiento de seis meses para el hijo mayor de la mujer asesinada en Castro Urdiales

La titular del Juzgado de Instrucción número 5 de Santander, en funciones de guardia este jueves, ha acordado el internamiento en régimen cerrado durante seis meses del hijo mayor de la mujer cuyo cadáver apareció anoche en el interior de su vehículo en Castro Urdiales, tal y como había solicitado la Fiscalía de Menores de Cantabria.

En un auto dictado esta tarde, la magistrada ha adoptado esta decisión provisional, prorrogable por otros tres meses, por la "presunta comisión" por parte del menor investigado, de 15 años, de un delito de asesinato.

El menor será internado en el Centro Socio-Educativo Juvenil de Parayas, han informado fuentes judiciales.

Tras su detención de madrugada, el menor ha pasado este mediodía a disposición de la Fiscalía de Menores, donde ha sido explorado por el equipo técnico adscrito al Juzgado de Menores, que ha emitido un informe.

Después, la Fiscalía le ha tomado declaración y a continuación ha solicitado al Juzgado la adopción de una medida cautelar de internamiento, por estimar que existen indicios de que es autor de un delito de asesinato.

Recibida esta petición, el Juzgado de Guardia de Santander, que fuera del horario de audiencia asume las funciones del Juzgado de Menores, ha celebrado una comparecencia esta tarde con presencia del menor.

En ella, el equipo técnico ha informado sobre su situación y la fiscalía ha interesado la adopción de la medida cautelar, con la que todas las partes han mostrado su acuerdo.

Su hermano, de 13 años -que también estaría involucrado en los hechos pero que es inimputable al tener menos de catorce- ha ingresado en un centro de protección de menores, por indicación del fiscal.

La jurisdicción de menores se encuentra regulada por la Ley de Responsabilidad Penal del Menor, que en el año 2000 creó los Juzgados de Menores.

Según la misma, la instrucción de la causa -práctica de todas las diligencias que se estimen oportunas para esclarecer los hechos- corresponde a la Fiscalía de Menores.

El Juez de Menores, por su parte, se erige en un juez de garantías que solo interviene cuando se propone adoptar alguna medida o practicar alguna diligencia que suponga una limitación de derechos.

Finalizada la instrucción por parte de la Fiscalía, si ha lugar al enjuiciamiento, corresponde también al juez de Menores.

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