La Justicia reconoce a los aparejadores cántabros atribuciones negadas por Urbanismo

Junta Directiva del Colegio de Aparejadores
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El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Santander ha dado la razón a los aparejadores cántabros en un pleito con el Ayuntamiento y a los que reconoce atribuciones negadas desde hace años por la Consejería de Urbanismo.

Así se desprende de un fallo, dictado en mayo pero difundido este martes, que estima íntegramente el recurso promovido por el Colegio Oficial de Aparejadores Arquitectos Técnicos e Ingenieros de la Edificación de Cantabria.

La resolución declara nulo el requerimiento del Consistorio que exigía al promotor, para la agrupación de dos viviendas en una -en la calle Valdenoja-, que el proyecto fuera firmado por un arquitecto, alegando que así se requería en el informe previo de habitabilidad emitido por la Consejería de Obras Públicas.

"Cuando se trata de edificaciones destinadas a uso residencial, como es el caso que nos ocupa, y al estar reservada la elaboración de proyectos, la dirección de obra y la dirección de la ejecución de obra de los inmuebles de uso Residencial a los Arquitectos y Arquitectos Técnicos, excluyendo a los Ingenieros, las inspecciones técnicas de estas edificaciones también debe corresponder a dichos profesionales", resuelve la titular del citado órgano judicial.

Así, la magistrada autoriza a los aparejadores de la región para que puedan redactar proyectos de agrupación de viviendas, lo que 'contradice' el criterio seguido hasta ahora por la Dirección General de Vivienda que exigía que este tipo de actuaciones fueran firmadas por un arquitecto.

El presidente del Colegio de la Arquitectura Técnica, Miguel Ángel Berrazueta, ha valorado como "muy positiva" la sentencia que les autoriza a redactar proyectos para la agrupación de viviendas, porque se refrendan atribuciones profesionales del colectivo que "se habían vulnerado".

"Lo que tiene de novedoso el fallo judicial es que contradice las exigencias indicadas desde la Consejería, la cual estaba aprovechando el Informe Previo de Habitabilidad para pronunciarse sobre competencias profesionales de los arquitectos técnicos de Cantabria, en su detrimento y omitiendo pronunciarse sobre el cumplimiento de la habitabilidad en los proyectos, que es el verdadero objeto del citado Informe Previo de Habitabilidad vinculante para los ayuntamientos", ha destacado Berrazueta en un comunicado.

Desde el Colegio se ha dado traslado del fallo a los servicios jurídicos de todos los ayuntamientos cántabros por la "enorme importancia" y repercusión que tiene a la hora de la concesión de licencias.

Para finalizar, Berrazueta ha asegurado que el reclamo de los aparejadores cántabros en este tipo de actuaciones ya estaba avalado por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco y más recientemente por el TSJ de Castilla la Mancha, por lo que esta sentencia en Cantabria viene a "sumarse al criterio jurídico seguido por otras comunidades autónomas" respecto a las atribuciones profesionales de los arquitectos técnicos, reconocidas por una norma de rango estatal.