Santillana del Mar adjudica el contrato de asistencia para la revisión del PGOU

El Ayuntamiento de Santillana del Mar ha adjudicado el contrato de servicios de asistencia para la revisión del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) tras los "importantes cambios" producidos en el escenario urbanístico del municipio y en la normativa. El proyecto se ha adjudicado a la empresa Cemaselle por 94.380 euros.

Para el alcalde, Ángel Rodríguez Uzquiza, esta revisión "es el futuro del municipio", porque, a través de esta reordenación con una metodología "más amplia", se conseguirán viviendas asequibles para todos los jóvenes.

Según ha explicado el Ayuntamiento en nota de prensa, uno de los objetivos de la revisión del PGOU es adaptar el Plan General de Ordenación Urbana y Plan Especial del Conjunto Histórico de Santillana del Mar a la normativa urbanística y ambiental vigente.

Además, se estudiará el actual suelo urbano y las posibles modificaciones en función de las necesidades. Del mismo modo, se hará un estudio de las zonas calificadas como "suelo urbano no consolidado" y "suelo urbanizable" para definir cuáles de estas zonas se deben mantener, modificar, o en su caso convertir en "suelo urbano consolidado" o "suelo rústico de protección ordinaria".

Actualmente todo el suelo de Santillana del Mar tiene la consideración de 'Suelo Rústico de Especial Protección', por lo que se realizará un estudio a fin de determinar si todo él se debe mantener con la máxima protección.

Al respecto, Rodríguez ha indicado que tiene "toda la esperanza puesta en que los vecinos que tengan terrenos puedan construirse viviendas".

Según ha explicado el Consisitorio, en el actual PGOU la tipología edificatoria de las nuevas construcciones del municipio es en forma de vivienda unifamiliar y lo que se pretende es llevar a cabo un estudio para crear una nueva tipología de edificación residencial en bloque de poca altura.

El desarrollo del contrato a Cemaselle se realizará por fases, aunque debido a la complejidad de los trabajos y a que su ejecución está condicionada por el transcurso de periodos de tiempo que no dependen del adjudicatario, no se exigen plazos concretos.