SCAT asegura que hay razones "objetivas" que imposibilita que los taxis puedan prestar el servicio de transporte escolar

Señala que ni los conductores de taxis ni sus vehículos cumplen con las exigencias para prestar este servicio.
photo_camera Taxi, Taxistas En Santander
El Sindicato Cántabro de Asalariadas al Transporte (SCAT) defiende que los taxis "no pueden entrar al concurso de tranporte escolar" por diversas razones "objetivas" y, entre ellas, afirma que los conductores de los mismos y sus vehículos no cumplen, en su opinión, diversas exigencias y normas que se requieren.

En un comunicado, SCAT apunta siete razones que imposibilitan, a su juicio, los taxis presten este servicio y lo ha hecho después de que la Federación Cántabra del Taxi recurriera hace cerca de un mes la licitación y el pliego de cláusulas del contrato del servicio de transporte escolar para el curso 2019/2020 publicado por la Consejería de Educación por considerarlo "discriminatorio" y no "acorde a derecho".

Esta reclamación de la Federación motivó que el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (TARC) haya suspedido de forma provisional el proceso de contratación de este servicio de transporte escolar hasta que se resuelva el recurso.

Entre las razones a las que alude SCAT afirma, en primer lugar, que el servicio de transporte no entra dentro del "ámbito funcional ni geográfico" de los taxis.

Así, señala que el servicio que éstos préstan tiene, según la Ley Orgánica de los Transportes Terrestres, "carácter discrecional" --no regular-- y no tienen la "capacitación profesional" --esto es el título de transportista" que habilita para poder hacer transporte regular de viajeros de uso especial.

En cuanto a su ámbito geográfico, SCAT sostiene que el de los taxis tiene un carácter local y "no pueden atender o recoger fuera de su lugar de origen".

Además, defiende que las características técnicas de los taxis "en absoluto dse asemejan" a las normas técnicas establecidas para el transporte regular de viajeros de uso especial, como puede ser el transporte escolar.

Otra razón que apunta es que los taxistas carecen del título de transportistas, algo que es una "exigencia" para las empresas de transportes de viajeros por carretera, cuyos conductores además deben acreditar que tiene el Certificado de Aptitud Profesional.

También apunta a que las normas de seguridad del transporte escolar se refieren a los vehículos de más de nueve plazas y que los taxis no tiene.

Además, afirma que esas mismas normas de seguridad del transporte escolar obliga a llevar acompañantes cuando haya menores de 12 años.

Otra de las razones por las que, a juicio de ACAT, los taxis no pueden prestar el servicio es porque el convenio colectivo de Cantabria regula la subrogación del personal que venga realizando el transporte regular de viajeros uso especial y ello implica tener que asumir el conductor con los costes de un código de actividad que es diferente al servicio de vehículos de turismo con conductor.